¿Puede un jubilado ser monotributista en la Argentina? La respuesta: sí, alguien puede haberse jubilado y al mismo tiempo ser monotributista para poder facturar y seguir vendiendo bienes o prestando servicios. Pero tenés que tener en cuenta algunas consideraciones que te contamos a continuación.
En la Argentina, existe la posibilidad de que una persona jubilada pueda mantener su condición de monotributista o adherirse a ese régimen de impuestos. Sin embargo, es importante tener en cuenta que se deben realizar ciertos trámites y notificar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sobre esta situación.
¿Por qué puede ser importante que te anotes en el régimen de monotributo si sos jubilado? Porque es la manera para seguir trabajando de manera legal y con la posibilidad de emitir una factura, algo que muchos clientes pueden solicitarte.
Para que un jubilado se convierta en monotributista debe inscribirse en la AFIP. Quienes se jubilaron a partir de los años 90, lo hicieron a través de la ley 24.241. Esta norma obliga a que incluso siendo monotributistas, hagan sus aportes a través de la categoría A. Es decir, sin importar cuáles son sus ingresos, deberán contribuir con el aporte correspondiente a la categoría más baja.
Es importante destacar que la categoría A del monotributo tiene un aporte jubilatorio fijo que va variando de acuerdo con las actualizaciones que pueda realizar la AFIP. Por lo tanto, los jubilados que sean monotributistas deberán estar atentos a las modificaciones que surjan en relación con este aporte.
Al momento de jubilarse, es común que los trabajadores dejen de pagar el componente de obra social, ya que pasan a contar con cobertura médica a través del sistema previsional. Es decir, tienen PAMI. Atención: esto no quiere decir que no puedan tener otra obra social o prepaga privada.
Además, dependiendo de las excepciones establecidas por la ley bajo la cual se hayan jubilado, también pueden quedar exentos del pago del componente de jubilación en la cuota mensual del monotributo.
En cuanto a los valores de las categorías del monotributo, es recomendable consultar el sitio web de la AFIP para obtener información actualizada. Los valores de las categorías se encuentran acá.
Si se acaban de jubilar y quieren seguir trabajando, deben informarle obligatoriamente a la AFIP. A continuación, detallamos los pasos para modificar su situación ante ese organismo en caso de haberse jubilado:
- Acceda al portal Monotributo.
- Seleccione el botón «Comenzar».
- Ingrese su CUIT y clave fiscal.
- Seleccione el ítem «Datos del Monotributo».
- Haga clic en el botón «Modificar mis datos».
- En esta opción, complete los datos requeridos por el sistema. En el paso 3, marque la opción «jubilado» y seleccione la ley mediante la cual obtuvo el beneficio jubilatorio, ya sea Ley 24.241 o Ley 18037/38.
- El sistema mostrará todos los datos ingresados para su confirmación.
- Finalmente, obtendrá el formulario F.184 de modificación de datos y su nueva credencial de pago.
Siguiendo estos pasos, podrá informar a la AFIP sobre su condición de jubilado y realizar los cambios correspondientes en su registro de monotributista.
A continuación, respondemos las preguntas más frecuentes con respecto a si puede un jubilado ser monotributista en la Argentina.
¿Es posible seguir siendo monotributista si ya estás jubilado?
Sí, es posible continuar siendo monotributista incluso después de jubilarse. Sin embargo, es necesario informar este cambio en la situación a la AFIP. Al jubilarte, dejarás de pagar el componente de obra social y posiblemente también el componente de jubilación de la cuota mensual del monotributo, pero esto depende del caso. Es decir, lo que vas a estar pagando es el componente impositivo. El impuesto, a secas.
Si soy jubilado y monotributista, ¿qué debo pagar?
Depende de cuándo te hayas jubilado. Si te jubilaste bajo la Ley 24.241, que es la que está actualmente vigente para jubilados a partir de julio de 1994, deberás realizar aportes jubilatorios y no tendrás que pagar el aporte para la obra social. También el componente impositivo.
En cambio, si te jubilaste bajo leyes anteriores, como las 18.037 y 18.038, aplicables a jubilados hasta junio de 1994, no deberás pagar ni aportes jubilatorios ni aporte para la obra social. Nada de nada.
En todos los casos, los jubilados están afiliados al PAMI. Los jubilados por cajas especiales, como policía, fuerzas armadas, entre otros, seguirán realizando aportes a sus cajas y solo deberán pagar el componente impositivo del monotributo.
¿Cómo puedo saber qué ley de jubilación me corresponde?
Si no sabes con qué ley te jubilaste, podés consultar en ANSES. Accediendo con tu clave de seguridad social, podrás ver la resolución de tu jubilación. Si esta información no está disponible en línea, puedes realizar la consulta de forma presencial en una delegación de ANSES. Pero en gran medida te dimos la respuesta acá: si te jubilaste con posterioridad a 1994, lo hiciste bajo la ley Ley 24.241. El texto completo está acá.
¿Qué categoría de monotributo corresponde a un jubilado?
Un jubilado que sea monotributista bajo la Ley N° 24.241 abonará como aporte jubilatorio el correspondiente a la categoría A, independientemente de la escala de monotributo en la que se encuentre. En junio de 2023, la categoría A implicaba un pago de $5.750,75 por mes.
Si soy jubilado y vuelvo a trabajar en relación de dependencia o como autónomo, ¿cómo afecta a mi jubilación?
Si volvés a trabajar en relación de dependencia o como autónomo siendo jubilado, podrás cobrar tus haberes jubilatorios sin limitaciones. Sin embargo, estarás obligado a realizar los aportes y contribuciones previsionales correspondientes a tu sueldo como trabajador activo, lo cual implica un 11% en concepto de aportes al Fondo Nacional de Empleo. Es importante tener en cuenta que estos aportes no generarán derecho a reajuste en tu jubilación.
Es posible que también te interesen saber otras cosas fundamentales para organizar tu vida como jubilado. De hecho, hay algunas preguntas muy frecuentes. Por ejemplo, ¿puede un jubilado hacer inversiones? A responder esta clase de cosas nos dedicamos en Noticias para tu Bolsillo.
Hoy los tiempos cambiaron y una persona en edad de jubilarse puede seguir teniendo ganas de trabajar para mantenerse activo. En otros casos, quizás lo hace porque tiene la necesidad de tener un ingreso adicional. Pero siempre se puede llegar mejor al retiro siguiendo algunas claves para jubilarse tranquilo.
Qué tiene que saber un jubilado para ser monotributista en la Argentina
Pregunta | Respuesta |
---|---|
¿Puede un jubilado ser monotributista en Argentina? | Sí, es posible. Se deben realizar trámites y notificar a la AFIP. |
¿Por qué puede ser importante ser monotributista siendo jubilado? | Permite trabajar legalmente y emitir facturas para clientes. |
¿Cuál es la categoría de monotributo para un jubilado? | Categoría A, sin importar los ingresos. |
¿Qué pasa con los aportes de obra social siendo jubilado monotributista? | Deja de pagar obra social al jubilarse, pero puede tener otra opción. |
¿Qué ley de jubilación corresponde a cada jubilado? | Consultar en ANSES. La mayoría cae bajo la Ley 24.241 si se jubiló después de 1994. |
¿Qué debe hacer un jubilado para ser monotributista? | Ingresar al portal Monotributo, modificar datos, indicar que es jubilado y la ley de jubilación. |
¿Cuál es la obligación de un jubilado monotributista respecto a aportes? | Realizar aportes jubilatorios de categoría A. Exención según ley de jubilación. |
¿Qué ocurre si un jubilado monotributista vuelve a trabajar? | Puede cobrar su jubilación sin limitaciones, pero debe hacer aportes como trabajador activo. |
¿Qué cambios afectan a un jubilado monotributista respecto a su jubilación? | Deja de pagar componente de obra social y a veces el de jubilación. Debe seguir pagando el componente impositivo. Aportar al volver a trabajar, sin reajuste jubilatorio. |
Mi madre es jubilada y monotributista categoría A ,puede percibir el bono que se abona a partir de septiembre?gracias
Sí, no tienen ningún impedimento.
hola… en la LIQUIDACIÓN de HABERES JUBILATORIOS de ANSES hay un item que dices LEY APLICADA.
en mi caso, figura 24241.
Jola. Sirve esta moratoria para trabajadores Monotributistas?
Sin dudas, en este momento algunos créditos del Gobierno son como que te regalen plata, porque te cobran una tasa de interés mucho menor a la tasa de inflación.
Buenas tardes le consulto , una persona es jubilada y monotributista y trabaja desde septiembre en relacion de dependencia, esta en categoria H de monotributo , ¿ que seria lo mejor darlo de baja en monotributo? desde ya muchas gracias
Perdón, no termino de entender. Si no usa el monotributo, lo daría de baja. Si no, si factura, lo conservaría…
hola que tal yo estoy a punto de jubilarme por la jubilacion ordinaria estoy trabajando en una empresa pertenece al gremio de la uocra y el dueño de la empresa quiere que siga trabajando como monotributista me va a llamar cuando tenga trabajos que categoria me corresponde la A y es de acuerdo al ingreso o facturacion de todo ese mes
Hay solo una categoría para monotributista jubilado.
Hola, soy monotributista y me jubile en junio, sigo facturando, me tengo que dar de baja en la obras social del monotributo, ya que el aporte se descuenta ta por recibo de haberes..gracias
Deberías hacer las declaraciones correspondientes en Anses y AFIP.
Buenas tardes, soy Jubilada cobro la mínima hace años, y ahora quiero ser monotributista. Me afecta en los aumentos y/o bonos? Gracias